La Corte Provincial de Guayas ratificó la sentencia condenatoria de tres años por la sustracción de tortugas gigantes en Galápagos
La Sala Penal de la Corte Provincial de Guayas ratificó la sentencia condenatoria de tres años de prisión contra Paúl Adolfo T. M por la sustracción de 123 crías de tortugas gigantes de Galápagos. La corte lo declaró como delito contra la flora y fauna silvestre
Detalles del caso
Esta decisión confirma la sentencia emitida por el Tribunal de Garantías Penales de primera instancia, que declaró la responsabilidad del procesado por la sustracción las crías el 28 de septiembre de 2018, en Santa Cruz, Galápagos.
Argumentos de la Fiscalía
Durante la audiencia de apelación, la Fiscalía sustentó sus argumentos jurídicos y señaló que los jueces de primera instancia valoraron la prueba directa y los indicios obtenidos durante la investigación. Estos elementos permitieron establecer la responsabilidad del sentenciado.
Penas impuestas
El acusado no solo estará privado de su libertad también deberá pagar una multa de diez salarios básicos unificados y el pago de 669 mil dólares como reparación integral al Parque Nacional Galápagos, por los gastos generados en la crianza y cuidado de las especies afectadas.
Inicio de la investigación
La investigación se inició tras la denuncia presentada por autoridades del Parque Nacional Galápagos. Como parte de las diligencias, la Fiscalía recopiló audios en los que los involucrados explicaban la presunta sustracción de ejemplares de las especies Chelonoidis vicina y Chelonoidis guntheri. Estas especies posteriormente iban a ser comercializadas.
Estructura del tráfico
Estos audios permitieron relacionar al sentenciado con otros participantes y establecer la existencia de una presunta estructura dedicada al tráfico de especies.
Según la investigación, el mecanismo utilizado habría consistido en reemplazar tortugas del Centro de Crianza por ejemplares silvestres sin chip de identificación. Estos eran marcados manualmente para evitar alertas.
Durante las diligencias se detectaron inconsistencias entre los tamaños y edades de las tortugas registradas en los corrales de crianza.
Marco jurídico
Este caso fue procesado por el delito contra la flora y fauna silvestres, tipificado en el artículo 247, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente a la fecha de los hechos. Esta norma sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años el transporte, tenencia y porte de especímenes de flora y fauna silvestres terrestres de especies amenazadas o en peligro de extinción.
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