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La Asamblea Constituyente tendría 80 asambleístas; esta sería la distribución

El dictamen de la Corte Constitucional incluye la distribución que tendrían los 80 asambleístas de Asamblea Constituyente, si la ciudadanía da paso.
La Corte Constitucional emitió dictamen favorable este miércoles 24 de septiembre de 2025 para la convocatoria a consulta popular para una Asamblea Constituyente; en el documento, dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) incluir en la papeleta tres requisitos, entre los que está la tabla de distribución del número de asambleístas nacionales, provinciales y delas circunscripciones en el exterior, sumando un total de 80.
La distribución de los 80 asambleístas que tendría la Asamblea Constituyente: nacionales, por cada provincia y del exterior
El dictamen favorable de la Corte Constitucional de este miércoles 24 de septiembre viabiliza la convocatoria a una Asamblea Constituyente, a través de una consulta popular, impulsada por el presidente Daniel Noboa.
Si la ciudadanía aprueba la pregunta para la instalación de una Constituyente, este organismo que se encargaría de redactar una nueva Constitución tendría 80 asambleístas:
Asambleístas nacionales: 24
Asambleístas provinciales: 50
Asambleístas del exterior: 6 (dos por cada circunscripción)

La Corte Constitucional dispuso al CNE incluir la tabla de distribución de asambleístas.

Esto, “a fin de que el electorado conozca con exactitud la configuración final de la Asamblea”.

Número de asambleístas constituyentes por provincia
Los 50 asambleístas provinciales constituyentes que conformarían la Asamblea Constituyente serían: 24 que salen de la suma de uno por provincia y 26 que se asignan de acuerdo a la densidad poblacional.

Así, este sería el número de asambleístas que le correspondería a cada provincia, del total de 50:

Guayas 10
Pichincha 7
Manabí 4
Los Ríos 2
Azuay 2
El Oro 2
Tungurahua 2
Esmeraldas 2
Sto. Domingo de los Tsáchilas 2
Loja 2
Chimborazo 2
Cotopaxi 1
Imbabura 1
Santa Elena 1
Cañar 1
Bolívar 1
Sucumbíos 1
Morona Santiago 1
Orellana 1
Carchi 1
Napo 1
Pastaza 1
Zamora Chinchipe 1
Galápagos 1

Esta distribución de escaños contempla un asambleísta adicional por cada 471 000 habitantes, de acuerdo con el último censo nacional de la población.

Disposición para el Consejo Nacional Electoral
La Corte Constitucional dispuso que el Consejo Nacional Electoral (CNE) incluya en la papeleta los siguientes puntos:

Pregunta
Estatuto
Tabla de distribución de asambleístas, “a fin de que el electorado conozca con exactitud la configuración final de la Asamblea”.
El dictamen favorable de la Corte Constitucional para la convocatoria a Asamblea Constituyente
La Corte Constitucional emitió dictamen favorable para la convocatoria a consulta popular con el fin de instalar una Asamblea Constituyente este miércoles.

Este pronunciamiento se da tras verificar que la Presidencia de la República subsanó las observaciones formuladas en el dictamen 11-25-RC/25A, garantizando el cumplimiento de los requisitos de claridad y lealtad al elector.

En su decisión, la Corte insistió que el control de constitucionalidad, tanto de vía como del estatuto para convocar a una Asamblea Constituyente, no es un pronunciamiento que busca reemplazar al pueblo.

“Tiene como propósito garantizar las condiciones para que el soberano pueda pronunciarse con información clara y reglas transparentes“, señaló.

El máximo órgano de justicia constitucional constató que se han subsanado los considerandos de la convocatoria y los artículos 4 y 5 del Estatuto para la elección, instalación y funcionamiento de la asamblea constituyente, así como el nuevo artículo 19 enviado, que cumplen con los parámetros exigidos por la Constitución.

Pronunciamiento de la Corte Constitucional: ‘La decisión final pertenece exclusivamente al pueblo ecuatoriano’
La Corte recordó que su competencia no es valorar la conveniencia de convocar o no a una Asamblea Constituyente ni determinar si las reglas electorales son las óptimas.
Su deber es garantizar que la consulta popular cumpla los estándares básicos de un proceso democrático.

“Una asamblea constituyente no es una estrategia del poder de turno ni un artificio político, sino un proceso de la mayor responsabilidad histórica, especialmente en un país donde las constituciones han sido modificadas con frecuencia”, agregó.

La Corte señaló que: “La decisión final pertenece exclusivamente al pueblo ecuatoriano, quien deberá pronunciarse en condiciones de igualdad, libertad y respeto a la dignidad humana, con todas las garantías de un proceso electoral libre, transparente y deliberativo, para determinar si se inaugura o no un nuevo pacto constitucional”.

La Corte insistió que su función “no es decidir por la ciudadanía, sino asegurar que el proceso constituyente se desarrolle con transparencia, reglas claras y con absoluta lealtad al elector”.

“El pueblo ecuatoriano es el único depositario del poder constituyente y será quien, con información suficiente y condiciones de igualdad, determine el rumbo histórico de la República”, concluyó.

La reacción de Daniel Noboa al dictamen de la Corte Constitucional
El presidente Daniel Noboa reaccionó esta misma noche al dictamen favorable de la Corte Constitucional.

Noboa se refirió a la organización Foro de la Democracia.

Esta organización había cuestionado el envío inicial de la pregunta al CNE, sin revisión de la CC.

“El Foro de la Democracia pedirá que se pregunte al VAR si fue gol“, dijo.
En tanto, Diana Atamaint, presidenta del CNE, también reaccionó en su cuenta de X, publicando un post de la pregunta que será consultada a la ciudadanía.

Fuente: https://www.elcomercio.com/

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