NOTICIA

Vocales destituidos del Cpccs que van a reelección piden cambio de medidas a la Corte Constitucional

Los vocales destituidos del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) por parte de la Corte Constitucional (CC) se aferran a sus cargos. Quienes corren por la reelección apelan a ese organismo para que modifique su decisión, pese a que esta es de última instancia.La última en pronunciarse sobre este tema fue la ahora exvicepresidenta, María Fernanda Rivadeneira. En rueda de prensa convocada hoy, lunes 30 de enero del 2023, dijo que, en caso de ser reelecta, no tiene impedimento para posesionarse.

Ella, al igual que Ibeth Estupiñán, Juan Javier Dávalos y David Rosero, quienes también buscan la reelección, solicitaron la ampliación y aclaración a la CC. Pero no solo eso, también han solicitado que se modifique la resolución, en lo que tiene que ver con la Constitución.

Rivadeneira argumenta que ha cumplido con lo que le correspondía. Hoy acusó al expresidente Hernán Ulloa de no consignar el voto para la designación; además de recordar que la inasistencia de los vocales de minoría también interfirió en la designación del principal del Consejo de la Judicatura.

En su escrito, Rosero pide: “que se determine si la sesión del 23 de noviembre del 2022, se podría efectuar, a pesar de inobservarse el término que el Reglamento de Sesiones del Pleno determina que debe de efectuarse su convocatoria”.

Además, plantea que se amplíe “en el sentido que la CC analice la presencia de una mayoría al interior del Cpccs, la misma que obedece al abuso del Derecho y fraude a la ley, a través de una acción de protección presentada, tramitada y resuelta por el Juez de la Concordia”.

Por su parte, Dávalos menciona que hay un precedente en la Corte, relacionado con una acción de incumplimiento del Municipio de Santo Domingo. Según el ahora exconsejero, la CC ha dejado claro que en los auto de verificación, la sentencia es inapelable.

Sin embargo, cabe la posibilidad de que las medidas dispuestas pueden ser modificadas o sustituidas cuando las mismas ya no resulten adecuadas o proporcionales.

¿Es posible cambiar las medidas?

La experta en Derecho Constitucional, Pamela Aguirre Castro, señala que lo que es posible para la Corte es revocar las medidas, en caso de que decida que se equivocó. Sin embargo, cree que, en este caso puntual, no es viable. Esto porque acusó a todos los vocales de obstaculizar la designación de una forma deliberada.

Por su parte, la también constitucionalista Emilia Suárez, menciona que los pedidos de aclaración y ampliación no modifican la decisión. En ese escenario, según Aguirre, la CC debería pronuncia lo más pronto posible, teniendo en cuenta que la Ley no prevé un tiempo determinado para emitir una respuesta.

En caso de que se mantenga la decisión según la experta en Derecho, Libia Ribas, comenta que la destitución imposibilita que asuman el cargo en caso de ganar en las elecciones del próximo 5 de febrero del 2023.

Pedido para la posesión

No solos los vocales destituidos presentaron ante la CC el pedido de ampliación sobre la verificación del cumplimiento de la sentencia sobre el Consejo de la Judicatura. También lo hizo la actual consejera suplente del Cpccs, Gina Aguilar.

La ampliación la solicitó respecto al punto 4 de la resolución de la CC. En él se establece que “Hasta que el órgano competente nombre a uno de los candidatos o candidata de la cuarta terna para que presida el Consejo de la Judicatura, Álvaro Román Márquez asumirá la presidencia temporal del Consejo de la Judicatura en su calidad de suplente”.

La vocal dice que por el incumplimiento de la Asamblea no se han posesionado los consejeros suplentes del Cpccs y eso impide que puedan sesionar. En su escrito se detalla que el Legislativo que hay nueve vocales sin posesionar.

Según se lee en el escrito, Aguilar teme que la imposibilidad de que el Pleno del Cpccs sesione acarree un nuevo incumplimiento y eso sea una riesgo para sus derechos constitucionales en el ejercicio de sus funciones.

Fuente:http://www.elcomercio.com