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CTE reabrirá centros de detención para tránsito en Guayas

La Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) se comprometió a rehabilitar dos centros de privación de libertad para contraventores en la provincia de Guayas. La entidad informó que la readecuación de los complejos en Durán y Daule tomará máximo 60 días.

Actualmente los contraventores de tránsito en el área metropolitana de Guayaquil son trasladados a la violenta Penitenciaría del Litoral, con pabellones dominados por bandas criminales. Esa situación abona al hacinamiento del centro carcelario y pone en riesgo a conductores aprehendidos por infracciones de tránsito o por siniestros.

Ernesto Pólit, director ejecutivo de la CTE, recordó que los calabozos de la institución actualmente carecen de autorización para albergar a privados de la libertad. Pero la Comisión espera que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI) autorice el funcionamiento de estos dos centros.

Pólit se reunió el pasado miércoles 3 de agosto del 2022 con el general Pablo Ramírez, director del SNAI, a fin de legalizar los calabozos. Allí adquirió el compromiso de rehabilitar las instalaciones en un máximo 60 días, explicó.

“Procederemos de manera urgente e inmediata al acondicionamiento de las instalaciones para obtener la autorización correspondiente del SNAI”, agregó el director de la Comisión de Tránsito. “Extenderemos en los próximos meses la solicitud de apertura de otros centros, de ser necesario”.

Pólit y el asambleísta Ricardo Vanegas se reunieron este viernes 5 de agosto del 2022 para viabilizar un pedido de asistencia a la Procuraduría General del Estado. El objetivo es agilizar el proceso de habilitación de las celdas.

Calabozos sin contraventores

La CTE exhortó al Consejo de la Judicatura el pasado 29 de septiembre del 2021 a que los jueces dejen de enviar a privados de libertad a los centros de detención de tránsito. Esto porque los tradicionales calabozos de la institución carecían de autorización. Tampoco estaban homologados por SNAI, lo que podría acarrear sanciones administrativas, civiles y penales a la Comisión.

El artículo 10 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) del Ecuador prohíbe “cualquier forma de privación de libertad en instalaciones o lugares no autorizados legalmente”.

María Josefa Coronel, directora provincial de la Judicatura en Guayas, indicó que tras el oficio los jueces comenzaron a enviar a los contraventores de tránsito a la Penitenciaría. También lamentó que ese complejo carcelario del norte de Guayaquil, sitio de frecuentes masacres, carezca de una división adecuada para este tipo de detenidos.

Fuente:http://www.elcomercio.com