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Consulta popular: Proyecto del Ejecutivo aumenta los años de prisión por tenencia y porte de armas

Para que los resultados de la consulta popular puedan aplicarse, el presidente de la República, Daniel Noboa, remitió un paquete de cinco reformas a la Asamblea. Desde el 21 de mayo de 2024, empezaron a ser tramitadas por una comisión multipartidista.En la consulta popular del 21 de abril de 2024, el 63,09% del electorado (6’144.794 ecuatorianos) se pronunció a favor de que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, reformando el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Para que este pronunciamiento pueda aplicarse, el presidente de la RepúblicaDaniel Noboa, remitió el 13 de mayo a la Función Legislativa, un paquete de cinco reformas que, desde el 21 de mayo de 2024 empezaron a ser tramitadas por una comisión ocasional multipartidista. Uno de los cambios apunta al aumento de la pena privativa de la libertad por tenencia y porte de armas.

El artículo 360 del COIP vigente, que hace referencia a la tenencia de armas sin autorización, es sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

En el proyecto del Ejecutivo se amplía la tenencia, no solo de armas, sino a municiones de uso de las FF.AA. o de la Policía, y sube la sanción con pena privativa de libertad de 10 a 13 años.

 La sanción por el porte de armas

Actualmente, el porte de armas de fuego sin autorización es sancionado en el COIP vigente, con pena privativa de libertad de tres a cinco años, pero el Presidente sugiere aumentar los años de prisión por este delito de 19 a 22 años.

En la exposición de motivos del proyecto se señala que el Estado, en conjunto con Fuerzas Armadas y Policía, ha detectado un “fenómeno de relevante preocupación” y que está ligado a esta problemática social. Se trata de la considerable tenencia y porte de armas de fuego por parte de civiles para cometer actos delictivos.

La Policía, hasta julio de 2023, decomisó más de 5.000 armas de fuego y más de 153.000 municiones. Además, 41.000 personas fueron detenidas por esta causa.

En la base de datos de la Policía consta que entre 2020 y 2023 se han incautado 33.230 armas de fuego, dentro de las cuales 4.597 son de uso privativo de FF.AA. y Policía.

Se constata, además, que existe un incremento anual de la posesión civil de armas de fuego que son de uso privativo de la Fuerza Pública, lo cual ha generado un incremento de criminalidad en el Ecuador y, en particular, del crimen organizado.

El Reglamento a la Ley de Fabricación, Importación, Exportación, Comercialización y Tenencias de Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios determina que las armas de fuego se clasifican en: armas de guerra de uso privativo de las FF.AA., armas de uso restringido, armas de uso civil; y en armas químicas, radioactivas y bacteriológicas. Esta clasificación permite categorizar las armas, a fin de conocer para quienes están destinadas y cuál será su uso. En este sentido, el Reglamento a la Ley define que las armas de uso privativo de las FF.AA. y Policía son aquellas utilizadas con el objeto de defender la soberanía nacional, mantener la integridad territorial y el orden constitucional

Fuente:http://www.lahora.com.ec