NOTICIA

Albania vuelve a la lista de paraísos fiscales

Según el SRI, en el anterior Gobierno de Lasso se sacó a Albania del listado; pero se lo vuelve a incluir porque incumplió con los compromisos de intercambios de información . También se sumaron Armenia, Georgia y Gibraltar a la lista de paraísos fiscales. ¿Tener dinero en un paraíso fiscal te convierte automáticamente en un evasor de impuestos? El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció que en la última actualización realizada se reincorporó a Albania al listado de paraísos fiscales. Además, también se añadió a Armenia, Georgia y Gibraltar a ese listado.

La decisión de reincorporar a Albania en esta lista, según el SRI, se basa en una revisión exhaustiva de la situación fiscal de ese país, al verificar que no cumple con los estándares internacionales en materia de transparencia fiscal y cooperación internacional.

En 2022, en la administración del Gobierno de Guillermo Lasso, Albania fue retirada de esta lista luego de comprometerse con el Foro Global a implementar un intercambio de información fiscal.

Sin embargo, la nueva administración del SRI asegura que, en ese momento, no había un dictamen definitivo sobre la efectividad de estas medidas.

A inicios de 2024, el Foro Global emitió una calificación que indica que la información que comparte Albania no es satisfactoria, lo que implica una ausencia de un intercambio efectivo de información.

Además, se destaca que Albania permite actividades que no se desarrollan sustancialmente dentro de su jurisdicción, lo que le permite acogerse a beneficios tributarios.

Para que una jurisdicción sea parte del listado de paraísos fiscales, actualmente, la norma indica que debes cumplir mínimo dos de tres condiciones:

1.- Desarrollo no sustancial de actividades: Permitir actividades que no se desarrollen sustancialmente dentro de la respectiva jurisdicción o régimen, con el fin de acogerse a beneficios tributarios.

2.- Ausencia de un efectivo intercambio de información: Intercambio de información bajo estándares internacionales.

3.- Imposición efectiva, baja o nula: Tasa efectiva de impuesto a la renta inferior al 60% de tasa efectiva del Ecuador.

Es decir, es un paraíso fiscal si el impuesto sobre la renta tiene una tasa de 10% o menos.

Más información sobre los paraísos fiscales se la puede encontrar en este enlace de la página oficial del SRI.

¿Tener dinero en paraísos fiscales te convierte en un evasor de impuestos?

La pregunta de fondo es si el solo hecho de tener empresas, depósitos o inversiones en paraísos fiscales convierte automáticamente a alguien en evasor de impuestos.

Según Juan Román, abogado corporativo litigante, la respuesta es no. «Tener, participar o pertenecer a una empresa que se encuentran en paraísos fiscales no es ilegal a menos que confluyan varios componentes», dijo.

El primer componente es que no se declare ante autoridad fiscal (en el caso del Ecuador es el SRI) el capital, los depósitos o inversiones que se trasladan a empresas offshore, que no son otra cosa que compañías creadas fuera del lugar de residencia del contribuyente.

Al momento de declarar y sacar los recursos, también se deben pagar los impuestos correspondientes.

Luego, según la legislación ecuatoriana, si el dinero genera utilidades o ganancias afuera, el propietario debe seguir pagando impuesto a la renta sobre esas ganancias.

En el país está en vigencia el concepto de renta global para el pago de tributos; es decir, se toma en cuenta no solo lo que generan negocios en el país sino también los de afuera, siempre y cuando la persona involucrada sea residente permanente en Ecuador.

En la legislación ecuatoriana existe la prohibición de que un funcionario público tenga bienes en paraísos fiscales.

Esa prohibición  tuvo su origen en la consulta popular de febrero de 2017, en la que se consultó a la población si estaba de acuerdo en que para desempeñar una dignidad de elección popular o para ser servidor público, se estableciera como prohibición tener bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales.

El sí se impuso con el 55,12% de los votos, según el registro del Consejo Nacional Electoral.

Hay que recordar que este tema fue impulsado por el saliente Gobierno de Rafael Correa en contra del candidato de oposición Guillermo Lasso. Es decir, fue una prohibición impulsada con dedicatoria en medio de la campaña electoral donde llegó a la presidencia Lenín Moreno. (JS)

Fuente:http://www.lahora.com.ec