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Varios plazos se ajustan para la operación hidrocarburífera con el nuevo reglamento emitido por la Agencia de Regulación de Energía
De 90 a 45 días se reduce el plazo para la aprobación de los planes de desarrollo de los diversos campos petroleros.
El nuevo reglamento de operaciones hidrocarburíferas que el Gobierno, a través de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARC), dio a conocer esta semana establece plazos para diferentes trámites administrativos, así como facilita ciertos procesos para la producción petrolera. El reglamento, que se encarga de normar todas las áreas, como la exploración, explotación, transporte, almacenamiento, industrialización, refinación, comercialización de hidrocarburos, entre otras, reemplaza en su totalidad al anterior emitido en febrero de 2018.
En general, los plazos se mantienen. Por ejemplo, para la exploración hay un plazo de cuatro años, con dos años prorrogables. Para la explotación como tal hay 20 años, también prorrogables. Para exploración de gas se establecen cuatro años, más dos de prórroga y cinco años más para desarrollo del mercado, también con dos años prorrogables.
Sin embargo, hay otros plazos que se acortan. Sebastián Saá, abogado petrolero, destaca que en la etapa de exploración el órgano competente tendrá el término de 45 días para aprobar o negar el plan de desarrollo, anteriormente contaba con tres meses para aprobar o negar dicho plan.
Se establece que en el plazo de dos años contados desde la vigencia del nuevo reglamento, los sujetos de control deben contar con un plan de desarrollo aprobado y actualizado.
En el tema de reversión, en cambio, se baja de dos a un año el proceso previo de presentación de planes de mantenimiento de equipos y maquinaria, para la terminación de contratos.
Saá resaltó que con el reglamento se incorporan directrices para el manejo de información para los sujetos de control, como la incorporación de la Unidad de Gestión de Información de Hidrocarburos, parte del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, que será la encargada de mantener la confidencialidad de la información relacionada con las actividades del sector. los procesos que se hayan iniciado con el antiguo reglamento culminarán con dichas disposiciones. Es decir, no es retroactivo.
De la lectura del reglamento que contiene 82 páginas se puede destacar que se establecen procesos para aprobación de operación conjunta de un solo pozo y se permite perforar varias arenas (capas geológicas) y obtener producción. Además, la normativa permite que existan yacimientos unificados. El Ministerio otorgará “licencias multiclientes” para levantamiento, venta de información técnica de bloques.
La aprobación de procesos administrativos se dará incluso los fines de semana.
Fernando Santos Alvite, experto petrolero, dijo que el reglamento representa una modernización del reglamento de operaciones hidrocarburíferas para hacer sus normas más ágiles. El anterior era muy burocrático y los trámites lentos. Es un buen cambio, pues en su elaboración se ha tomado en cuenta la opinión de la empresa privada. En los anteriores reglamentos únicamente se reflejaba el punto de vista de la burocracia.
De acuerdo con Jorge Luis Hidalgo, gerente de Green Power y experto en temas de producción e industrialización de gas, el nuevo reglamento es un paso importante a la promoción del desarrollo de la industria de hidrocarburos en Ecuador.
Sin embargo, en el tema gas natural y asociado hay espacio para mejorar. En el reglamento se indica que “el sujeto de control debe presentar la solicitud para aprobación del uso y quema del gas al Ministerio hasta el 31 de marzo de cada año”.
Se establece que la producción de gas asociado debe ser contabilizada. Hidalgo opinó que sobre el gas asociado que se quema en mecheros y que en general es rico en propano, butano (GLP) y metano (gas natural) no queda claro en el reglamento cómo se puede aprovechar este gas para su industrialización. Ecuador debe enfocar esfuerzos en aumentar producción de petróleo, pero al mismo tiempo buscar su independencia energética con la optimización del uso de gas. Hoy el país es autosuficiente en electricidad por la gran participación de hidroeléctricas y al mismo tiempo altamente dependiente de importación de GLP, diésel y gasolinas.
Entre tanto, Miguel Robalino, abogado petrolero, consideró que si bien hay mejoras en trámites y plazos, sería importante preguntarse si lo que se indica en el reglamento va a ser posible cumplir, tomando en cuenta que la estructura burocrática del sector petrolero se mantiene prácticamente idéntica a la de gobiernos anteriores. También lamentó que no se haya establecido ninguna disposición sobre el tema de licencias ambientales. La falta de ellas ha hecho que varias operaciones se paralicen. Este es un problema que se debería resolver de manera urgente, comentó.
A más de esta normativa secundaria, la nueva política hidrocarburífera requiere la elaboración de varias reformas a fin de que se pueda viabilizar la migración de contratos de servicios a contratos de participación y la posibilidad de delegar operación que lleva adelante Petroecuador a las privadas. (I)
Fuente:http://www.eluniverso.com