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Proyecto de Ley de Defensa de los Derechos de los Animales: Sobrerregulación puede generar contrabando

El informe para el primer debate de la Ley de Defensa de los Derechos de los Animales, advierte que la sobrerregulación puede provocar efectos como desabastecimiento, contrabando, especulación, mercados ilícitos, corrupción y proliferación de mercados clandestinos.El polémico proyecto de Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de los Animales, que en sectores productivos provocó inconformidad, ya tiene informe para que sea conocido en primer debate en el Pleno de la Asamblea Nacional.

La propuesta, aprobada con siete de nueve asambleístas presentes en una sesión del 15 de julio de 2024 de la Comisión de Biodiversidad, busca la promoción de los derechos de los animales silvestres, marinos, de compañía, de trabajo y consumo, precautelando su bienestar como seres sintientes.

Además, prevenir y sancionar el tráfico, maltrato e implementar programas de educación, capacitación, formación y difusión en derechos de la naturaleza y de los animales.

Sin embargo, el debate de la propuesta, de iniciativa de la Defensoría del Pueblo, generó malestar en sectores productivos y en la misma Comisión de Biodiversidad, donde se advirtió que el proyecto podría incentivar el contrabando.

“Para la aprobación del cuerpo normativo, esta Legislatura debe considerar que la sobrerregulación puede generar efectos no deseados, como desabastecimiento, contrabando, especulación de precios, mercados ilícitos, economías irregulares, corrupción y proliferación de mercados clandestinos en los que se cumpla – en menor medida- los derechos de los animales que se pretenden garantizar”, dice el literal f. en el capítulo de las recomendaciones del informe para el primer debate.

El texto agrega que, al imponer demasiadas restricciones, prohibiciones y sanciones, se corre el riesgo de desmotivar a quienes intentan cumplir con las normativas, mientras que los infractores habituales pueden continuar operando al margen de la ley.

Entre las conclusiones, la mesa también consideró crucial evaluar las posibles implicaciones socioeconómicas, especialmente en lo que respecta al posible aumento de los precios de los alimentos de origen animal como consecuencia de una legislación antitécnica o ajena a la realidad económica, social y cultural del país.

Por estas consideraciones, los temas que mayor polémica generaron  y que se excluyeron del texto original para el primer debate, son:

  • Ya no estará prohibida la exhibición de animales enteros, faenados o cocinados (cerdos, aves, cuyes) en espacios públicos, vitrinas o locales comerciales.
  • No se prohíbe el enjaulamiento de aves.
  • Comercializar, importar o producir industrialmente productos con plumas o pelo de animales.

Rodrigo Gómez De la Torre, expresidente de la Cámara de Agricultura de la Primera Zona, dijo que el texto para el primer debate corrige temas evidentes, como las sobrerregulaciones que no derivan en el desarrollo productivo, y que la prohibición de exhibir cuerpos faenados de los animales, crudos o cocinados, iba a obligar al consumidor a adquirir la proteína de origen animal “literalmente a ciegas”. Prohibir la exhibición de pollos en asaderos también iba a afectar directamente una tradición culinaria del Ecuador.

Uno de los enunciados del proyecto señalaba de que se buscaba imponer un cambio de comportamiento sociocultural “de grupos minoritarios”, a través de prohibiciones y sanciones, recordó Gómez de la Torre.

Para el empresario, es loable que se busquen mejorar ciertas prácticas, pero “no bajo condiciones de ese calibre; el proyecto, de la forma en que llegó a la Asamblea es uno de los más atentatorios hacia todos los estamentos de la sociedad; producción primaria, industria, manufactura, textiles, cueros, turismo”.

¿Qué se mantiene en el proyecto?

  • Impedimento de fracturar las patas de los animales antes del faenamiento.
  • Transportar animales destinados para el consumo en un estado de gestación hacia un camal.

La Mesa de la Asamblea Nacional plantea como sanción por el incumplimiento, una multa de 10 Salarios Básicos Unificados. (SC)

Fuente:http://www.lahora.com.ec