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La devolución del IVA solo aplicará para gastos hechos en establecimientos autorizados por el SRI

El Servicio de Rentas Internas seleccionará, y luego publicará, el listado de los establecimientos autorizados. El principal requisito es que los establecimientos estén al día en el pago de sus impuestos. Conozca cómo solicitar la devolución del IVA.Según el reglamento de la Ley para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas, que entró en vigencia el pasado 15 de julio de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá publicar en su página web el listado de los establecimientos autorizados donde se podrán hacer gastos que apliquen a la devolución del IVA, tanto para adultos mayores como discapacitados.

El principal requisito que deberán cumplir los establecimientos autorizados es estar al día en la presentación y pago de sus declaraciones del IVA, al menos en los últimos 12 meses.

En el caso de un contribuyente sujeto al Rimpe (Régimen Especial de negocios populares y microempresa), se deberán  autorizado por el SRI como establecimiento en el que se podrá devolver el IVA, este deberá presentar declaraciones mensuales del IVA, a partir del primer día del mes siguiente a su calificación como establecimiento autorizado.

¿Cómo solicitar la devolución del IVA en línea?

El primer paso es obtener un usuario y contraseña para ingresar al portal SRI en línea. Para obtener el usuario y la contraseña se debe realizar un trámite presencial en las oficinas del SRI.

Luego de eso, el proceso para solicitar la devolución de IVA se realiza de la siguiente manera:

-Ingresar al portal web del SRI con el usuario y contraseña.

-En el menú de la izquierda, haz clic en Devoluciones.

-Luego haz clic en Devolución de IVA adultos mayores.

-Registra los datos de la cuenta bancaria en la que deseas que te acrediten la devolución.

-Elige el mes y el año de las facturas de las que quieres pedir devolución de IVA

-Seleccione las facturas de las que deseas pedir devolución y detalle el monto del IVA a devolver.

-Escoja el tipo de gasto para cada factura.

-Haga clic en «Procesar facturas seleccionadas» y «Guardar selección realizada».

-Si deseas seguir solicitando devolución del IVA de otros meses, repita el proceso.

-Cuando haya finalizado, haga clic en «Envío de solicitud».

-El sistema mostrará el resumen de comprobantes y del total del IVA que está solicitando.

-Haga clic en «Cargar información».

-El SRI  enviará una notificación con el número de trámite.

-Espere a que el dinero se acredite en stu cuenta.

-Una vez completado este proceso, el SRI enviará una notificación con el número de trámite, y se procederá a la acreditación del monto correspondiente en la cuenta bancaria indicada.

¿Cómo verificar si los valores solicitados por devolución de IVA ya están pagados?

1. -Ingrese con su número de cédula de identidad y su clave en la página web del SRI en la parte superior derecha en donde dice Iniciar Sesión.

2.- Despliegue el menú ubicado en la parte superior izquierda hasta que le aparezca la opción Trámites y notificaciones.

3.- Abra ese submenú Trámites y notificaciones hasta que se vea la opción Trámites.

4.- Continúe ahora abriendo el submenú Trámites hasta que le aparezca la opción Historial de mis trámites y puede dar clic allí.

5.- Le aparecerá un listado con todos los pedidos de devolución de IVA que haya hecho y el estado de cada solicitud  (Ingresado, En análisis, Notificado o Anulado).

Si en estado dice Notificado, eso quiere decir que ya se ha pasado las etapas de ingreso y verificación y solo está pendiente la acreditación de la devolución en la cuenta bancaria.

Se puede revisar directamente en la página del SRI si ya le han acreditado los valores. Para eso, debe ir a la lupa ubicada en el lado derecho del casillero en donde pone el estado de la solicitud. La columna está denominada como información de acreditación.

El monto que se puede solicitar por devolución de IVA aumentó este 2024

Con la subida del IVA del 12% al 15%, el monto máximo que se puede solicitar como devolución de este impuesto también se incrementó, tanto para tercera edad como para discapacitadas.

En 2023, con salario básico de $450 y un IVA al 12%, se podría solicitar, como máximo, el 12% de $900 (equivalente a dos salarios básicos), es decir, $108 al mes.

Este 2024, desde mayo (un mes después de que suba el IVA), se puede solicitar. como máximo, el 15% de $920 (equivalente a dos salarios básicos de $460). Así, el monto subirá a $138 al mes en caso de ser una persona de la tercera edad.

En el caso de las personas con discapacidad, se podrá solicitar, dependiendo del porcentaje de discapacidad, entre $82,8 a $138 mensuales. (JS)

Fuente:http://www.lahora.com.ec