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Fiscalía investiga atropellamiento de censistas del INEC en Quito

La Fiscalía inició de oficio una investigación por el atropellamiento a dos censistas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) en Quito. El Ministerio Público hizo el anuncio de la indagación este jueves 8 de diciembre de 2022.

La entidad investigadora dijo que indaga el presunto cometimiento del delito de lesiones causadas por el siniestro de tránsito, luego del atropellamiento de dos censistas. Los jóvenes fueron impactados por una camioneta en el sector La Victoria, en el sur de Quito.

El hecho ocurrió el pasado domingo 4 de diciembre. Un video registró el momento en el que ocurre el atropellamiento de dos cencistas por parte de una camioneta doble cabina, que circulaba por una vía adoquinada.

El vehículo impactó a los jóvenes, cuando ambos realizaban el censo a una persona en la puerta de una vivienda. Luego del atropellamiento, el conductor huyó del lugar en la camioneta.

La Fiscalía anuncia la investigación al siguiente día que se conocieran los hechos. El director ejecutivo del INEC, Roberto Castillo, dijo en una entrevista que el Instituto activó el protocolo de atención de emergencia, luego de que se alertara sobre el atropellamiento de los dos censistas.

Ambos jóvenes fueron arrojados a la vía por el impacto de la camioneta. En el video se observa que solo uno de ellos pudo levantarse. Según Castillo, socorristas llevaron a ambos censistas a una casa médica y su salud no corre riesgo.

¿Cómo se sanciona a conductores que huyen luego de siniestros?

El abogado de tránsito Brayan Taco señala que huir de un siniestro sin ayudar a la víctima es considerado una agravante

El artículo 374 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que la persona que huye tras ocasionar un siniestro de tránsito será sancionará con el máximo de la pena correspondiente a la infracción cometida, pues se considera una agravante.

La pena se aplica de acuerdo con el tipo de lesión provocado a la víctima y al tiempo de enfermedad incapacidad que establezca un informe médico, así lo detalla el artículo 152 del COIP.

Por ejemplo, en esa normativa se establece: “Si se produce a la víctima un dañoincapacidad enfermedad de nueve a 30 días, será sancionada con pena privativa de libertad de dos meses a un año”.

En cambio, el abogado de tránsito Carlos Quinchuela tiene un criterio diferente. Él considera que para aplicar una sanción por una infracción de tránsito se debe tomar en cuenta el artículo 379 del Código Penal. Allí se establece que en los delitos de tránsito que provoquen lesiones a las personas “se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 152 de COIP reducidas en un cuarto de la pena mínima previstas en cada caso”.

Con base en el ejemplo anterior, el conductor no tendría una pena mínima de dos meses, sino de 45 días de cárcel.

Además, el abogado menciona el artículo 76, numeral 5 de la Constitución. Allí se detalla que “en caso de conflicto entre dos leyes de la misma materia que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa, aun cuando su promulgación sea posterior a la infracción. En caso de duda sobre una norma que contenga sanciones, se la aplicará en el sentido más favorable a la persona infractora”.

Censo se desarrolla en Ecuador

El INEC lleva a cabo el VII Censo de Vivienda, VIII de Población y I de Comunidades en el Ecuador desde el pasado 7 de noviembre de 2022. El proceso durará seis semanas, por lo cual culminará el 18 de diciembre.

En este tiempo, los censistas visitarán las viviendas, de acuerdo con la planificación prevista por el Instituto.

Fuente:http://www.elcomercio.com