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Dictamen a favor de consulta minera tiene dos zonas oscuras

La Corte Constitucional (CC) emitió un dictamen favorable sobre un pedido de consulta popular, con cinco preguntas, para prohibir la minería a mediana y gran escala en las zonas de recarga hídrica de cinco ríos (Tomebamba, Yanuncay, Tarqui, Machángara y Norcay), ubicados en Cuenca (Azuay).

En la resolución se establece que en la consulta popular se deberá incluir, como anexo ambiental, el “mapa de coordenadas de las zonas de recarga hídrica elaborado por la subgerencia y gestión de Etapa”. Eso constituirá información referencial, debido a que la delimitación definitiva deberá ser efectuada exclusivamente por la Autoridad Única del Agua.

Además, la CC puntualiza que los efectos del proceso, ante un pronunciamiento afirmativo del electorado, serán únicamente hacia el futuro.

 

Negativo para el país

Andrés Ycaza, vocero de la Cámara de Minería del Ecuador, explicó que hay dos zonas oscuras en el dictamen, las cuales ahondan la inseguridad jurídica en y merman la credibilidad del Ecuador ante los mercados e inversionistas internacionales.

En primer lugar, no queda claro qué quiere decir que los efectos de la consulta solo serán a futuro. Desde la Cámara se entiende esto como que la prohibición no puede tener carácter retroactivo y, por ende, no afectará a los proyectos y concesiones que está actualmente adjudicados

Sin embargo, Pedro Palacios, alcalde de Cuenca y peticionario de la consulta, dijo ayer que al momento los proyectos que están en las zonas de recarga hídrica no han superado la fase de exploración, por lo que, si gana el sí, una futura explotación no podría realizarse.

En este contexto, se verían afectados proyectos como Loma Larga (fase de exploración), Río Blanco (fase de explotación en suspenso), Ruta de Cobre y entre 30 a 40 concesiones más que están iniciando sus procesos para buscar yacimientos que sean técnica y económicamente rentables.

Vacíos de impacto ambiental

La otra gran zona oscura tiene que ver con que la CC admite, dentro de su dictamen, que los informes sobre los que se basa la determinación de las zonas de descarga hídricas no son exactos y generen error en los votantes. Asimismo, se dice que Etapa no es competente para hacerlos. A esto, Ycaza le suma que no hay evidencia clara de la supuesta afectación en los caudales de los ríos, como consecuencia de la actividad minera.

“Es cierto que hay que proteger el acceso humano al agua. A eso no nos oponemos. Pero en estricto sentido, solo del proyecto Río Blanco, a través de la Licencia de uso y aprovechamiento de aguas, es el único donde se puede establecer el impacto”, acotó.

A pesar de las dudas, desde la Cámara se asegura que se respetará la decisión de la Corte, aunque las empresas con inversiones en Cuenca podrían interponer acciones de inconstitucionalidad y de aclaratoria. (JS)

Si se restringe la explotación a futuro, quedarían en el aire un sinnúmero de proyectos que están en exploración y no tendrían ningún incentivo para seguir invirtiendo si luego no podrán generar ingresos”. Andrés Ycaza, vocero de la Cámara de Minería del Ecuador

La decisión es un “hito histórico”

Pedro Palacios, alcalde de Cuenca, se refirió a la decisión de la Corte Constitucional como un “hito histórico para la ciudad y las nuevas generaciones”. Además, puntualizó que el cabildo no está en contra la explotación minera, pero siempre que no esté en las zonas de recarga hídrica.

Palacios consideró que hay altas posibilidades de que la consulta popular pueda incorporarse al proceso electoral previsto para febrero de 2020.

Fuente:http://www.lahora.com.ec