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Contribuyentes se puede acoger a la remisión tributaria pagando su deuda de forma parcial

Hasta el próximo 31 de julio de 2024 está vigente la remisión tributaria aprobada en la primera ley económica urgente del Gobierno de Daniel Noboa. El SRI ha ampliado las facilidades para aplicar al proceso. Ahora se puede aplicar al perdón de multas, intereses y recargo con un pago parcial y no solamente total de las deudas con la administración de impuestos.

Mediante circular No. NAC-DGECCGC24-00000004, el Servicio de Rentas Internas (SRI) indica que los contribuyentes que hayan sido objeto de una determinación por parte de la administración tributaria (control de cumplimiento de obligaciones tributarias) pueden acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos hasta el 31 de julio de 2024, fraccionando en partes su deuda.

Esto significa que si a un contribuyente, como resultado de una determinación del SRI, se le generaron glosas dentro un impuesto (diferencias entre el valor declarado por el contribuyente y el valor determinado por el SRI), podría pagar por separado cada glosa, sin necesidad de pagar la totalidad de la deuda para acogerse a la remisión.

La circular también señala que los contribuyentes no tendrán la obligatoriedad de desistir de procesos de impugnación en sede administrativa o judicial para acceder a la remisión; es decir que, pueden pagar unas glosas y continuar con procesos de revisión o impugnación sobre otras.

Por ejemplo, a un contribuyente, como producto de una determinación se le generaron dos glosas por el ejercicio fiscal 2020.

Una por $100 (más $30 interés, $20 recargo y $10 multa. Total a pagar sin remisión $160

Otra por $50 (más $15 interés, $10 recargo y $5 multa. Total a pagar sin remisión $80).

Si el contribuyente decide acogerse a la remisión por la primera glosa, tendría que pagar $100 y se ahorraría el pago de USD 60 de interés, multas y recargos.

Uno de los objetivos de la circular No. NAC-DGECCGC24-00000004, según el SRI, es que más contribuyentes se acojan a la remisión, se aclaren las dudas sobre su aplicación y esto permita cobrar impuestos adeudados al Estado.

Cabe recordar que la remisión de intereses, multas y recargos se encuentra contemplada en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo; y aplica para obligaciones tributarias pendientes de pago generadas hasta el 31 de diciembre de 2023 (excepto el impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2023).

El SRI invita a todos los contribuyentes para que apliquen la remisión de intereses, multas y recargos y les recuerda que quedan pocas semanas para acogerse a este beneficio.

Hasta el 31 de mayo de 2024, según los reportes del mismo SRI, se había recaudado $238,2 millones por la remisión tributaria. Ese monto está muy lejos de los más de $900 millones que se proyectaron inicialmente desde el Gobierno.

De la experiencia de otras remisiones tributarias, como la de 2018 en el Gobierno de Lenin Moreno, alrededor del 90% de los beneficiarios son pequeños y medianos contribuyentes.

Para más información sobre el proceso de remisión tributaria, y cómo solicitarlo, se puede hacer clic en este enlace. (JS)

Fuente:http://www.lahora.com.ec