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Asamblea Nacional aprobó con 132 votos el proyecto de Ley para la aplicación de la consulta popular

Dentro del plazo legal, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley para la aplicación de las preguntas de la consulta popular del 21 de abril de 2024.

El presidente de la República, Daniel Noboa remitió los proyectos el 13 de mayo de 2024. Los 60 días de plazo para que el Parlamento se pronuncie vencía el 12 de julio de 2024. El proyecto aprobado tiene 24 artículos, 2 disposiciones transitorias y una derogatoria.

Con 132 votos (del PSC, del correísmo, ADN, Construye, Pachakutik, y varios independientes), el pleno de la Asamblea Nacional aprobó hoy, 8 de julio de 2024, en segundo y definitivo debate el proyecto de Ley para la aplicación de las preguntas de la consulta popular aprobadas el 21 de abril de 2024.

El proyecto que será remitido al Ejecutivo en las próximas horas para su sanción (aprobación) o veto, incrementa las penas en trece delitos y simplifica la extinción de dominio en delitos contra la administración pública.

Las penas para delitos graves aumentarán. Así lo decidió el pleno tras acoger un informe de de la Comisión Especial que tramitó las reformas aprobadas en la consulta popular del 21 de abril.

En el caso de terrorismo, pasa de 10 años de prisión a 26 años. El tráfico de drogas, que llegaba hasta 13 años, pasa a 26 años. El secuestro, de 22 a 26 años. El sicariato, que tiene pena máxima de 26 años, con la reforma llegará hasta los 30 años.

La pena con mayor incremento es la minería ilegal, que pasa de 7 a 20 años de cárcel; entre otros delitos graves que se incluyen en el proyecto.

«La minería ilegal, considerada como ahora está en el COIP, estaba hecho de acuerdo a lo que ahora no es en Ecuador. Hoy la minería ilegal sirve para sostener y mantener estructuras criminales. No es algo menor», dijo Lucía Posso, que actuó como vicepresidenta de la comisión especial sobre las reformas aprobadas en la consulta popular.

El informe sobre la extinción de dominio conserva la propuesta presidencial Se declara que no se necesitará una sentencia penal para iniciar el proceso que permita que bienes de origen ilícito pasen al Estado. Aunque determina los delitos en los que puede proceder, como narcotráfico, terrorismo, trata de personas, secuestro, sicariato; y delitos de corrupción, entre otros. (SC)

Fuente:http://www.lahora.com.ec